Hablemos de patentes y el derecho a multiplicar plantas

No sé si a alguien le puede sorprender que hable de patentes en el mundo de las plantas, pero es que las plantas también están protegidas por patentes. Igual que un cuadro, una canción, un medicamento, un programa informático, etc tienen derechos de autor, las plantas también derechos de autor porque existió una persona o un grupo de personas que las crearon.

¿Pero por qué tienen patentes las plantas? Por la sencilla razón de que alguien invirtió su tiempo, su esfuerzo y su dinero en crear una variedad en concreto y ahora quiere rentabilizarla. Así de sencillo. Y para evitar que terceras personas la puedan reproducir o comercializar sin permiso del autor, se protege con una patente. Es decir, con una planta protegida con patente no se puede hacer una multiplicación asexual (por esquejes, acodos, injertos, in vitro) de ella sin permiso del autor. En muchos casos, además, tampoco se puede utilizar esa planta como padre ni como madre para producir otros híbridos diferentes porque su genética está protegida por la patente.

Como muchas veces el productor no tiene el espacio o los medios suficientes para multiplicar masivamente e introducir su planta en el comercio, lo común es que lleve su planta a un laboratorio para que la multiplique in vitro y luego la distribuya a viveros de engorde y después ya a los viveros comerciales. El autor llega a un acuerdo con los laboratorios y con los viveros y se lleva un porcentaje de dinero por cada planta vendida. Suena frío, pero es así. Ven las plantas como una mercancía y como una forma de ganar dinero. Este tema es un poco complejo y mi objetivo no es meterme ahí, así que vamos a lo que nos interesa como particulares.

Vamos a suponer que compramos una planta con patente o copyright y la queremos reproducir. ¿Podemos hacerlo? Sí, y sin ningún problema. La vamos a reproducir de manera particular y para uso personal sin buscar un rendimiento comercial. Ahí tenemos toda la libertad del mundo para reproducirla todas las veces que queramos.

Otra cosa es si lo hacemos con intención de buscar un beneficio económico. Si tenemos un manzano con patente y lo reproducimos para vender sus manzanas, eso no podemos hacerlo. Está claro que nadie nos va a mirar si tenemos un manzano, dos o diez si queremos vender unos pocos kilos de manzanas, pero si lo hacemos ya a nivel profesional, podemos meternos en un lío.

Igual que ocurre con los frutales, pasa también con los rosales o con cualquier otra planta con patente. Podemos reproducirlas a nivel aficionado por vía asexual o clonal, pero no con fines comerciales. No podemos coger un rosal, reproducirlo por injerto masivamente y luego ponernos a vender las plantas sin permiso del autor.

Las patentes suelen tener una duración de unos 15 o 20 años y una vez que se libera, se abre la veda y ahí sí que podemos reproducirla comercialmente sin ningún problema. El autor ya sacó su beneficio en todos esos años y ahora la planta pasa a ser de dominio público. Además, tras esos 15 o 20 años, habrán surgido nuevas variedades más interesantes que estarán protegidas por sus patentes y se habrá perdido todo el interés por la otra planta antigua porque ya se encontrará desfasada.

Ya para ir acabando con este tema, si queréis saber si una variedad tiene patente o cuanto tiempo le queda para liberarse, lo podéis conocer en Google Patents. Ya os comenté que a nivel aficionado no tiene mayor relevancia, pero a veces resulta interesante echar un ojo para saber lo que tenemos.

Os pongo el ejemplo del rosal 'Lady Emma Hamilton'. Es un rosal que se comercializó en el año 2007 y si lo buscamos en Google Patents, veremos que aún está protegido con patente hasta el 13/10/2025.

Otro rosal como es 'Jude the Obscure', comercializado en 1995. Vemos que tiene su patente liberada.

Y el rosal 'Wollerton old Hall' comercializado en 2011 y con patente hasta el 7/9/2032.

Y 'Golden Celebration', comercializado en 1992, tiene su patente liberada desde el 30/9/2012.

Estos son solo unos ejemplos, pero si buscamos cualquier planta en un vivero, podemos conocer el estado de su patente y esto se aplica a todas las plantas que se os ocurran: desde geranios, frutales, petunias, claveles, etc. Todas.

Información obtenida de: aquí.

Comentarios

  1. Fue leer el título de esta entrada del blog, y ya me estaba poniendo nerviosa ya que suelo hacer, de vez en cuando, intercambios a nivel particular de plantas multiplicadas por esquejes. A medida, que fui leyendo me tranquilicé, pero menudo susto me he pegado.

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    1. Jeje, no hay problema. Si no hay un beneficio económico por medio, no hay ningún problema en reproducir esas plantas protegidas con patente. A nivel particular, no se nos aplica esa ley porque no vamos a dedicarnos a hacer una explotación agrícola dirigida a la multiplicación de plantas.

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